Una autorización para la conducción de vehículos (licencia de conducción o carnet o permiso de conducción, en España; permiso de conducción o licencia de conducción, en Hispanoamérica) es un documento que acredita una autorización administrativa a su poseedor para la conducción de vehículos por la vía pública. Carnet de conducir español
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Para conducir vehículos de motor, ciclomotores o vehículos para personas de movilidad reducida, se exige haber superado favorablemente las pruebas de aptitud, habiendo así obtenido el permiso o la licencia de conducción.1
La licencia y/o el permiso de conducción deben llevarse siempre consigo al conducir los vehículos afectados, y también deberá exhibirse ante los agentes de la autoridad que lo soliciten.1
En España, el permiso de conducción y la licencia de conducción, son documentos distintos y es frecuente su confusión entre ellos. Además existe el permiso de circulación, que es un documento aplicado al vehículo y no al conductor.
Cualquier conductor deberá estar en posesión del documento y llevarlo consigo cuando conduzca, aunque también es válido llevar una fotocopia del original debidamente compulsada o el Documento Nacional de Identidad, y es obligatorio exhibirlo ante la autoridad o sus agentes cuando así lo soliciten.
Si el permiso o licencia de conducción ha sido expedido en España, este tendrá validez para toda la Unión Europea. Si se ha obtenido el permiso en otro país ajeno a la Unión Europea, se deberá canjear según su caso en su correspondiente Jefatura de Tráfico.
Todo permiso o licencia de conducción tiene una fecha de validez máxima, llegada la cual el conductor deberá renovarla y realizar un examen psicotécnico (similar al que realizó cuando lo obtuvo por primera vez), del que dependerá la renovación del mismo, ya que evalúa si el conductor continúa estando capacitado físicamente para poder conducir.
Permiso de Conducción
La posesión de un Permiso de Conducción (también llamado coloquialmente carné de conducir), acredita al titular para poder conducir la mayor parte de vehículos. El permiso está homologado con todos los de la Unión Europea, al poseer todos ellos características comunes. Poseer un permiso de conducción anulará cualquier licencia de conducción, ya que este permite el manejo de los vehículos que acredita dicha licencia.
Los permisos AM, A1, A2, A, y B tendrán que renovarse cada diez años hasta cumplir los 65, y a partir de esa edad cada cinco años. El resto deberán renovarse cada cinco años hasta cumplir los 65, y a partir de esa edad cada tres años.5
Actualmente para renovar el carnet de conducir ya no es necesario acudir a tráfico, tramitan la renovación de manera telemática en el mismo centro de reconocimiento médico.6
Tipos de permiso
El permiso de conducción se subdivide en clases. La clase regula el tipo de vehículo que autoriza a conducir:
- AM
Autoriza para conducir:
- Ciclomotores de dos o tres ruedas y cuatriciclos ligeros (de 50cc), aunque podrá estar limitado a la conducción de ciclomotores de tres ruedas y cuatriciclos ligeros.
La edad mínima para obtenerlo es de 15 años cumplidos.
- A1
Habilita la conducción por la vía pública de:
- Motocicletas con una cilindrada máxima de 125 cm³, una potencia máxima de 11 kW y una relación potencia/peso máxima de 0,1 kW/kg.
- Triciclos de motor con una potencia máxima de 15 kW. Se considera triciclo de motor todo cuadriciclo de m.m.a. hasta 600 kg o 750 kg si se usa para carga y cuya potencia máxima sea de 15 kW.
También se pueden conducir este tipo de vehículos si se tiene una antigüedad de 3 años en el permiso B, aunque en ese caso sólo se podrá circular dentro de territorio español.
Edad mínima para obtenerlo es de 16 años. La concesión de este permiso implica la obtención también del permiso AM.
Para obtenerlo, la ley exige aprobar 2 exámenes:
- Teórico de circulación vial (Quedará exento de hacerlo si posee cualquier otro permiso)
- Teórico específico de la clase A1
- Práctico en circuito cerrado
- Práctico en circulación abierta
- A2
Habilita la conducción por la vía pública de:
- Motocicletas con una potencia máxima de 35 kW y una relación potencia/peso máxima de 0,2 kW/kg y no derivadas de un vehículo con más del doble de su potencia.
Edad mínima para obtenerlo es de 18 años. La concesión de este permiso implica la obtención también del permiso A1.
Para obtener esta clase, la ley exige aprobar 2 exámenes:
- Teórico de circulación vial (Quedará exento de hacerlo si posee cualquier otro Permiso)
- Teórico específico de motocicletas (Quedará exento de hacerlo si posee el permiso A1)
- Práctico de maniobras (en circuito cerrado), dividido en tres partes, un ejercicio con el motor parado, un ejercicio a baja velocidad y un ejercicio a elevada velocidad (que será necesario realizar en un máximo de 25 segundos)
- Práctico en circulación abierta
- A
Habilita la conducción por la vía pública de:
- Motocicletas de cualquier potencia y peso.
- Todos los vehículos autorizados por los permisos AM, A1 y A2.
- A partir de los 21 años, de triciclos superiores a 15 kW.
Edad mínima para obtenerlo es de 20 años. La concesión de este permiso implica la obtención también del permiso A2.
Para obtener esta clase, la ley exige aprobar 2 exámenes:
- Parte teórica: Teoría general (una hora y media) y concienciación y sensibilización (una hora y media).
- Parte práctica: Maniobras en circuito cerrado (cuatro horas) y circulación en vías abiertas al tráfico (dos horas).
Las prácticas se deberán realizar con motos con motores no inferiores a 600cc y de potencia no inferior a 40 kW.
- B
Habilita la conducción por la vía pública de:
- Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3500 kg que estén diseñados y construidos para el transporte de no más de 9 pasajeros además del conductor. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda los 750 kg.
- Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda los 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4250 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos.
Licencia de Conducción
La posesión de una licencia de conducción acredita al titular, durante su periodo de vigencia, para poder conducir los siguientes tipos de vehículos:
- Motocicletas, motociclos o mototriciclos.
- Vehículos para personas de movilidad reducida (mayor de 18 años cuando transporten viajeros).
- Vehículos especiales autopropulsados agrícolas que no excedan el peso y dimensiones máximos (mayor de 16 años).
Las licencias de conducción tendrán que renovarse cada diez años hasta cumplir los 65. A esta edad el conductor deberá presentarse a la renovación a partir de esa edad cada cinco años. La licencia de conducción, cualquiera que sea su clase, perderá su validez cuando su titular obtenga el permiso de clase B.1
Requisitos de la foto
- 2 fotografías tamaño pasaporte (32 x 26 mm)
- La foto debe mostrar a la persona sola, sin otros objetos o personas en el fondo.
Responsabilidad
La responsabilidad de las infracciones recaerá directamente sobre el autor del hecho, excepto en el supuesto de los pasajeros de los vehículos que estén obligados a llevar casco de protección, en la que la responsabilidad recaerá sobre el conductor.1
Cuando la autoría de los hechos cometidos corresponde a un menor de 18 años, responderá solidariamente con él sus padres, tutores, acogedores y guardadores legales de hecho, por ese orden.1
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